¿Quién paga el reposo post natal a la empleada en Venezuela, el jefe o el IVSS?

Pregunta completa: Tengo una amiga que sale pronto de reposo post natal y sus jefes le dicen que solo le pagarán el 30% de su sueldo, y el IVSS le debe pagar el resto. ¿Eso es cierto? Gracias, escribo desde Venezuela

Respuesta

En cuanto al pago del reposo por maternidad, la Ley del Seguro Social establece en su artículo 11 lo siguiente:

“Las aseguradas tienen derecho a la prestación médica que se requiera con ocasión de su maternidad y a una indemnización diaria, durante los permisos de maternidad y por adopción establecidos legalmente, la cual no podrá ser inferior al salario normal devengado por la beneficiaria en el mes inmediatamente anterior a la iniciación de los permisos o a la fecha en que éstos debieron otorgarse de conformidad con esta Ley.”

Entonces a tu amiga le corresponderá el pago del 100% de la totalidad de su salario normal, pero el pago lo hace el IVSS, no en calidad de salario sino de indemnización o prestación dineraria. Puede que la entidad de trabajo tenga un convenio de pago con el IVSS, en tal caso le puede pagar directamente a tu amiga, parcial o totalmente, y luego el IVSS realizará el pago o descuento en facturación a la entidad de trabajo.

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Cualquier otra duda, por favor no dejes de preguntar.

Carla Seijas de Alvarez
Abg. Especialista en derecho laboral

Con cariño Tu Equipo de Preguntamama.com

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