¿Cómo puedo hacer que mi empresa acepte el permiso de lactancia que me corresponde?

Pregunta completa: Buen día, como hago en mi caso que mi trabajo me queda a hora y media de mi casa, y no cuento con transporte propio sino con el de la empresa, el cual sale a las 6am retornando a las 5y30pm…¿Debo renunciar a mi derecho del periodo de lactancia o permiso de lactancia? ¿O cómo puedo hacer en este caso? Ya que tengo la posibilidad del teletrabajo, el cual ya he venido ejerciendo por estos últimos 3 años, pero la empresa no me acepta llegar a ese acuerdo por el periodo de 6 meses hasta que el bebé cumpla el año. 

Respuesta:

Para muchas madres trabajadoras el permiso de lactancia materna suscrito en la ley es de suma importancia, ya que durante los primeros meses tras el nacimiento de sus bebés los lazos que se establecen a través de la lactancia materna son fundamentales en la relación madre e hijo. Adicionalmente, pero no menos importante, durante los primeros meses nuestros bebés necesitan una alimentación exclusiva a base de leche materna (al menos que presentes una dificultad como la hipogalactia y tengas la necesidad de alimentar a tu bebé con leche artificial de fórmula), pues esta alimentación trae consigo una serie de ventajas que van desde un mejor desarrollo cognitivo hasta grandes beneficios en el sistema inmune de nuestros bebés.

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La lactancia materna es buena tanto para los bebés como para las madres. Las estadísticas de la Organización Mundial para Salud (OMS) dejan claro que con la lactancia materna se disminuye en gran medida el riesgo de sufrir enfermedades graves como la diabetes tipo II, el cáncer de mama y el cáncer de ovarios.

En general, las empresas deben fomentar la lactancia materna como una medida de apoyo a sus trabajadoras. Para ello, es ideal emplear estrategias como el proveer de espacios en sus instalaciones para la lactancia materna hasta otorgar los permisos necesarios para que la madre cuente con un periodo de tiempo remunerado en el que se dedique a esta actividad tan importante.

Legislación venezolana que te apoya

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En nuestro país, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela señala en su Artículo 76 que tanto la maternidad como la paternidad son protegidas de manera integral, lo que indica que todos los derechos de la madre incluyendo gozar de un periodo de lactancia materna están dentro del estado de derecho venezolano. Teniendo esto en cuenta, el estado establece la garantía de brindar los medios necesarios para apoyar y proteger la lactancia materna de los bebés nacidos dentro de nuestro territorio.

Otros aspectos legales que involucran la lactancia materna residen en la Ley de Promoción y Protección de la lactancia materna, la cual en su Artículo 2 dispone que “Todos los niños y niñas tienen derecho a la lactancia materna en condiciones adecuadas que garanticen su vida, salud y desarrollo integral. Asimismo, las madres tienen derecho a amamantar a sus hijos e hijas, con el apoyo y colaboración de los padres”. Adicionalmente, este artículo reitera que “El Estado, con la participación solidaria de las comunidades organizadas promoverá, protegerá y apoyará la lactancia materna exclusiva a libre demanda de los niños y niñas hasta los seis meses de edad y, la lactancia materna con alimentación complementaria oportuna, adecuada; inocua y debidamente administrada hasta los dos años de edad. El ministerio con competencia en materia de salud podrá incrementar esta edad mediante resolución especial”.

Por otro lado, la Ley Orgánica del Trabajo, los trabajadores y las trabajadoras, establece en su Artículo 345 que la mujer tiene derecho a tener un Descanso por lactancia materna luego del parto de 20 semanas o el equivalente a seis meses.

Además, luego de este período, la mujer tendrá derecho a dos descansos diarios de media hora cada uno, para amamantar a su hijo o hija en el Centro de Educación Inicial o sala de lactancia respectiva dentro de la empresa. Si no hubiere Centro de Educación Inicial con sala de lactancia, los descansos previstos en este artículo serán de una hora y media cada uno.

Como mamá ¿Qué puedes hacer para tu permiso de lactancia?

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Con base en todo esto, no deberías renunciar a tu periodo de lactancia, ya que es tu derecho como madre. La empresa para la que trabajas debe garantizar que cuentes con las facilidades necesarias para que disfrutes de tu derecho como madre para la lactancia materna.

Es importante tener claro que los permisos establecidos por la ley incluyen los primeros seis meses desde el nacimiento. Si tu bebé, tiene más de seis meses, recuerda que no pueden despedirte, ya que la misma Ley Orgánica del Trabajo provee la protección especial para la madre de inamovilidad laboral por dos años luego del parto. Esto indica que la empresa debe de proveer opciones para facilitar tanto tu período de lactancia, así como el cumplimiento de tus actividades laborales conformes con la ley.

Si en tu caso, el teletrabajo ha sido una opción viable para el cumplimiento de tus funciones, la empresa no debería tener ningún problema en que finalices tu período de lactancia siguiendo en esta modalidad.

Comunícate de manera cordial y con sustento legal al solicitar tu permiso

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Desde Pregunta Mamá te invitamos a conversar esta situación en un ambiente de cordialidad con tus jefes.

Permítete escuchar las razones por las cuales ellos no están de acuerdo en aprobarte lo que por ley te corresponde y luego de tener una escucha real sin reaccionar a las razones que te están dando, tómate unos segundos para respirar profunda y conscientemente, para luego si nuevamente platearles tu situación basada en toda la legislación que te apoya.

Si no hay manera de que cooperen contigo, tendrías varias opciones, cambiar de trabajo (si es que te conviene), denunciarlos ante el sindicato, aceptar sus condiciones pero exigiendo beneficios que te den la libertad de cumplir de manera presencial en el trabajo sin descuidar la alimentación de tu bebé, como por ejemplo, que te brinden el transporte y te den tiempo para alimentarlo cuando él lo solicite (lactancia materna a demanda y exclusiva).

Te brindamos esas opciones, puesto que a veces, remar contra la corriente suele generar desgasto energético y emocional y teniendo un bebé ya es suficiente. Disfruta de ese nuevo periodo de tu vida con todo tu corazón y confia en que todas las puertas se te abrirán para que puedas brindarle a tu bebé y a ti misma el tiempo de calidad que requieres para llevar tu maternidad de la mejor manera.

Un abrazo de mamá a mamá

 

Más información en:

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Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras – LOTTT. Caracas, Venezuela: Fundación Editorial Jurídica Venezolana, 2013.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 76. Gaceta Oficial Extraordinaria N° 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1.999.

Ley de Promoción y Protección de la Lactancia Materna Gaceta Oficial Nº 38.763 del 6 de septiembre de 2007.

Organización mundial para la Salud. Lactancia materna y alimentación complementaria.

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